Icono del sitio Ius cogens, Oposiciones Ayudante de Instituciones Penitenciarias

Derechos de las personas ante las administraciones públicas.

Derchos de las personas ante las administraciones

La ley 39/2015 de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, enumera una serie de derechos las personas ante las administraciones públicas.

Lo cierto es que me encuentro habitualmente errores conceptuales cuando se aborda este tema. Este error parte de la anterior regulación de la Ley 30/92 de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común. Y en la confusión de conceptos como ciudadanía, interesado en los procedimientos y administrado.

Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las administraciones públicas.

La citada Ley 39/2015 regula este derecho en el artículo 13 del título segundo. Y lo hace de esta manera:

Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas.

En mi opinión utilizar el termino “persona” por parte del legislador me parece adecuado pues incluye a todos los sujetos de derecho independientemente de la nacionalidad, y además tal y como dice Andrea Roselló villa en un artículo en legal today

“Además este nuevo concepto de las personas que introduce el Anteproyecto engloba tanto a el género femenino como masculino y evita tener que escribir la dualidad ciudadano/na.”

Sin embargo se plante un problema con uno de los derechos de este artículo 13 y es el derecho de acceso a la información pública, archivos y registros.

El problema no es otro que la Constitución en su artículo 105. B otorga el derecho de acceso a la información pública y registros a los ciudadanos.

Cito textualmente del artículo:

“ El acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas.”

Por tanto no todas las personas tienen derecho al acceso a la información pública, pues esta es solamente de los ciudadanos, concepto este que deriva del concepto superior de nacionalidad.

La ciudadanía solo se ostenta por los nacionales de un estado.

Hecha esta introducción vamos a ver el catálogo de derechos.

Esto es, a comunicarse electrónicamente con la administración, pero en algunas ocasiones este derecho es también una obligación como es en el caso de:

Las personas jurídicas.

Las entidades sin personalidad jurídica.

Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Matizar que en el caso de un procedimiento administrativo en el que haya más de un interesado y hubiere discrepancias en la lengua a utilizar se utilizará el castellano.

Derechos del interesado en el procedimiento administrativo.

Seguro que alguno de mis libros te interesa…

TEMARIO COMENTADO: Especialmente dirigido a comprender los temas de la oposición (incluso los más complejos). Completamente explicado, anotados los artículos con sus distintos apartados, con esquemas, sin perder la literalidad de la ley. MÁS INFORMACIÓN

Supuestos oficiales de examen comentados y explicados: Desde OEP 2010 hasta la última convocatoria (incluida convocatoria de 2023): Con las respuestas perfectamente razonadas y explicadas a modo de tutorial. Enunciados, actualizados a la normativa en vigor. MÁS INFORMACIÓN 

300 SUPUESTOS PRÁCTICOS: Ordenados por bloques y temas, respuestas comentadas. Dirigido, especialmente, a delimitar y comprender los conceptos del temario. MÁS INFORMACIÓN

Se encuentran regulados en el artículo 53.1 de la Ley de procedimiento administrativo y son los siguientes:

Es importante aclarar el termino “conocer” pues este es un derecho simplemente informativo incluso no exigiría de firma electrónica por parte de la administración.

En el caso de los procedimientos administrativos sancionadores tendrán además los siguientes derechos:

Todos estos derechos de los interesados en el procedimiento administrativo constituyen una garantía del administrado.

Sobre todo en los derechos de carácter informativo, como lo son los de conocer quien instruye y resuelve, cual es el sentido del silencio administrativo , a obtener información de los requisitos jurídicos de las solicitudes o procedimientos administrativos.

Pues estos derechos adicionales refuerzan el principio jurídico de la ignorancia de las leyes no eximen de su cumplimiento del artículo 6 del Código civil.

Lo refuerza porque al menos en teoría, la administración te facilita toda la información para el correcto cumplimiento de las normas administrativas, actos de trámite, requisitos de forma etc.

Como conclusión:

Seguro que alguno de mis libros te interesa…

TEMARIO COMENTADO: Especialmente dirigido a comprender los temas de la oposición (incluso los más complejos). Completamente explicado, anotados los artículos con sus distintos apartados, con esquemas, sin perder la literalidad de la ley. MÁS INFORMACIÓN

Supuestos oficiales de examen comentados y explicados: Desde OEP 2010 hasta la última convocatoria (incluida convocatoria de 2023): Con las respuestas perfectamente razonadas y explicadas a modo de tutorial. Enunciados, actualizados a la normativa en vigor. MÁS INFORMACIÓN 

300 SUPUESTOS PRÁCTICOS: Ordenados por bloques y temas, respuestas comentadas. Dirigido, especialmente, a delimitar y comprender los conceptos del temario. MÁS INFORMACIÓN

Todos estos derechos ya se encontraban catalogados y reconocidos en la derogada Ley 30/92 pero actualizados al concepto de administración electrónica.

Salir de la versión móvil